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Los derechos fundamentales en Colombia: ¿cómo protegerlos?

18 agosto, 2021

Los derechos fundamentales son aquellos que se le atribuyen a cada ser humano por el solo hecho de serlo. Nunca deben ser vulnerados y siempre están por encima de las propias legislaciones, por lo que deben siempre estar en pro de su cumplimiento.

A continuación, van a conocer algunos de estos derechos y cómo una firma de abogados en Colombia puede ayudarles en la protección o reparación en caso de que hayan sido vulnerados.

¿Qué son los derechos fundamentales?

Según la Constitución Política colombiana de 1991, los derechos fundamentales son aquellos que están en pro de proteger la dignidad humana y que son inalienables.

En el área legal, no hay nada ni nadie por encima de estos derechos fundamentales o humanos. Por ese motivo, las constituciones de cada país democrático deben consagrarse y plantear las maneras en que sean protegidos.

Cuando se vulneran, tal como lo reza la misma constitución en el artículo 8, las personas podrán acceder, por ejemplo, a las firmas de abogados en Bogotá para obtener una legítima defensa de sus derechos.

¿Cuáles son esos derechos en Colombia?

Dentro de la constitución colombiana, estos derechos están consignados en los primeros 30 artículos del libro. A continuación, van a conocer los primeros 19 de estos:

  1. Todos los seres humanos nacen libres y en igualdad de derechos.
  2. Todas las personas tienen todos los derechos sin distinción alguna por ningún motivo.
  3. Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad.
  4. Nadie estará sometido a esclavitud ni servidumbre.
  5. Nadie será sometido a tortura ni a tratos crueles.
  6. Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.
  7. Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley.
  8. Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.
  9. Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.
  10. Toda persona tiene derecho, en condiciones de igualdad, a ser oída de manera pública por un tribunal imparcial.
  11. Artículo 11
  1. Presunción de inocencia hasta demostrarse lo contrario.
  2. Nadie será condenado por actos que en el momento no fueron delictivos según el derecho nacional e internacional.
  1. Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación.
  2. Artículo 13
  1. Derecho a circular libremente y elegir su residencia.
  2. Derecho a salir del país y regresar libremente.
  1. Artículo 14
  1. Si es perseguida, toda persona tiene derecho a buscar asilo en cualquier país.
  2. Este derecho no podrá ser usado en caso de que se le imputen cargos judiciales por acciones delictivas o cualquier acto opuesto a los principios de las Naciones Unidas.
  1. Artículo 15
  1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
  2. Nadie será privado arbitrariamente de su nacionalidad o se le negará el derecho a cambiarla.
  1. Artículo 16
  1. Las personas en edad de casarse podrán hacerlo sin restricción alguna de raza, religión y a fundar una familia. Ambos disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, en caso de disolución.
  2. Solo mediante libre y pleno consentimiento, los futuros esposos contraerán matrimonio.
  3. La familia es elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de esta y del Estado.
  1. Artículo 17
  1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
  2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.
  1. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión. Dentro de este también está el derecho a cambiarlo y manifestarlo, individual y colectivamente, en público y privado.
  2. Todo individuo tiene libertad de opinión y de expresión.

Este es apenas un resumen de los primeros 19 artículos de la Constitución Política de 1991. Lo mejor que pueden hacer es leerlos en el libro, conocerlos y apropiarse de ellos. En caso de que los sienta vulnerados, deberán comunicarse con abogados en Bogotá.

¿Qué hacer si los vulneran?

En muchas ocasiones, los derechos fundamentales son vulnerados por la falta de conocimiento que se tiene sobre ellos. Eso es muy grave, más en un país como Colombia donde lastimosamente se ha vivido un ambiente conflictivo por tantos años.

La Constitución, gracias al internet, ahora puede estar en sus manos con la intención de conocer sus derechos. Sin embargo, puede haber ocasiones donde el tema va más allá y se torna complejo, por lo que lo mejor que pueden hacer es contactar con una firma de abogados en Colombia para que les brinden la asesoría adecuada. Tener apoyo en estos casos de un abogado penalista también es muy importante.

En el caso de las firmas, se brinda un acompañamiento muy completo, gracias a que cuentan con diferentes profesionales que pueden otorgar no solo una asesoría y una defensa más completas, sino un acompañamiento mejor en diferentes áreas: desde la psicología hasta el trabajo social, para que tengan una reparación completa.

Si precisan la ayuda de los mejores expertos, no duden en contactarse con nuestra firma de abogados en Colombia. En CENIPSA S. A. S. nos interesa hacer valer sus derechos. Comuníquense con nosotros al (300) 912 0480.

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